domingo, 24 de febrero de 2019

DICTAN 09 MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA INVESTIGADO POR PRESUNTA VIOLACIÓN SEXUAL A MENOR CON RETARDO MENTAL


Hecho ocurrido el miércoles 13 de febrero a orillas del río Shilcayo.
(Tarapoto, 24 de Febrero de 2019).-  La Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tarapoto, consiguió que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tarapoto declare fundado el requerimiento de prisión preventiva  por el plazo de 09 meses para Jhon Ramírez Cachique (40), por la presunta comisión del delito Violación Sexual de Menor, en agravio del menor de iniciales A.V.S.L (13), quien padece de retardo mental.

Según se informó, el hecho ocurrió al promediar las seis de la tarde del pasado viernes 13 de febrero, en circunstancias en las que Jhon Ramírez Cachique (40) fue sorprendido por sus vecinos, acostado cerca a la orilla del río Shilcayo, en el Psje. La Merced – sector Takihuasi, y junto a él se encontraba parado el menor, quien presentaba signos de haber sido presuntamente agredido.

De inmediato, los vecinos dieron parte al personal policial, quienes acudieron hasta el lugar y luego de conocer lo ocurrido y observar la situación vulnerable que padecía el menor, procedieron a detener al imputado.

La fiscal a cargo del caso, Georgeth Aracelli Pérez Gómez, mencionó que se realizaron las diligencias urgentes para atender la salud física y emocional del menor, procediendo posteriormente a formalizar la investigación preparatoria contra Jhon Ramírez Cachique, por el delito de Violación Sexual de Menor; obteniendo, mediante Resolución judicial, que se declare fundado el requerimiento de prisión preventiva por el plazo de 09 meses.

Jhon Ramírez Cachique ya se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Tarapoto, desde el viernes 18 de febrero, lugar en donde esperará su próximo juicio oral. 

Finalmente, de encontrarse las pruebas suficientes que demuestren la culpabilidad del imputado, el Ministerio Público solicitaría la pena máxima de cadena perpetua, tal como lo establece el Artículo 173º del Código Penal, para este delito.


Oficina de Imagen Institucional
Ministerio Público
Distrito Fiscal de San Martín

No hay comentarios:

Publicar un comentario