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La
decisión del magistrado se sustentó en el resultado de la pericia psicológica de
uno de los menores agraviados, la cual determinó que dicho menor tendría
tendencia a mentir y por tanto, en contubernio con sus compañeros, acusaron al
clérigo de cometer este delito.
De
otro lado, la Fiscal Adjunta Provincial, Claudia Guzmán, quien asistiò a la lectura del fallo, señaló que en la determinación del Colegiado no
se habría considerado como elemento determinante las declaraciones
testimoniales de los menores agraviados, obtenidas a través de la cámara
Gesell.
Como
se recuerda la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Moyobamba había logrado
inicialmente revocar la comparecencia restringida por 9 meses de prisión
preventiva, ampliándose 4 meses adicionales, mientras se realizaba la
investigación preparatoria de este caso.
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